Preguntas Frecuentes VUEP

¿Qué es la Ventanilla Única de Espectáculos Públicos?

Es un mecanismo o herramienta electrónica para registrar la documentación que acredite los requisitos para obtener los permisos. Al mismo tiempo permite dar traslado a la solicitud a todas las entidades que tienen su competencia, quienes dentro del término establecido deberán dar su concepto a través de la ventanilla única y posteriormente darle a conocer la información al organizador o representante legal del espectáculo público.

 

¿Qué permite la Ventanilla Única?

El Decreto Municipal 773 de 2012, implementó la ventanilla única de conformidad con lo establecido en el Art. 18 de la ley 1493 de 2011, a fin de que se permitiera a los ciudadanos registrar de manera rápida y oportuna la documentación necesaria para tramitar los conceptos, permisos o autorizaciones para el desarrollo del espectáculo público.

 

¿Qué son espectáculos públicos de las artes escénicas?

Son espectáculos públicos de las artes escénicas las representaciones en vivo de expresiones artísticas en teatro, danza, música, circo sin animales, magia y todas sus posibles prácticas derivadas o creadas a partir de la imaginación, sensibilidad y conocimiento del ser humano, que congregan la gente por fuera del ámbito doméstico. 

 

¿Qué son espectáculos públicos diferentes de las artes escénicas o actividades especiales de aglomeraciones de público?

Se consideran como actividades especiales de aglomeración entre otras, las que tengan un carácter institucional, comercial, congresos, bazares, actividades de recreación pasiva, las que se realizan en parques de diversión, atracciones y dispositivos de entretenimiento, ciudades de hierro, parques acuáticos, temáticos y centros interactivos, las convocadas con ocasión de programas de radio y televisión, o que sean consecuencia de una invitación individual y personalizada, dirigida a los(as) ciudadanos(as) para una actividad de carácter particular o privada, que trascienda el ámbito familiar.

Por último y de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo primero del artículo 3º de la ojo Ley 1493 de 2011, no se consideran espectáculos públicos de las artes escénicas, los cinematográficos, corridas de toros, deportivos, ferias artesanales, desfiles de modas, reinados, atracciones mecánicas, peleas de gallos, de perros, circo con animales, carreras hípicas, ni desfiles en sitios públicos con el fin de exponer ideas o intereses colectivos de carácter político, económico, religioso o social, sin embargo ha de tenerse en cuenta que su realización si comporta una actividad de aglomeración de público.

 

¿Qué es un comité de eventos? 

Es el espacio a través del cual las dependencias competentes de la administración municipal, evalúan la viabilidad de los eventos notificados previamente. En algunos casos se efectuará la respectiva citación al organizador del evento al comité.

 

¿Qué son los eventos deportivos? 

Son encuentros sociales que agrupa a un gran número de personas en torno a una serie de actividades con ocasión de una competición.

 

¿Qué es la comisión local para la seguridad, comodidad y convivencia en el fútbol?

De acuerdo al decreto 714 de 2009 la comisión local para la seguridad, comodidad y convivencia en el fútbol es la encargada de elaborar los protocolos de seguridad, comodidad y convivencia para los escenarios deportivos destinados a la práctica del fútbol.

 

¿Qué son escenarios habilitados?

Son aquellos lugares autorizados en los cuales se puede realizar de forma habitual espectáculos públicos de las artes escénicas, cuyo objeto es promover la presentación y circulación de dichos espectáculos como actividad principal y que cumplen con las condiciones de infraestructura y seguridad para obtener la habilitación del escenario, por parte de las autoridades locales a través de la Secretaría de Gobierno del Municipio de Pereira, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto Municipal No. 773 de 2012, momento en el cual será a estos escenarios ante quien el organizador y/o productor del evento presentará y cumplirá con los requisitos de Ley.

 

¿Qué son escenarios no habilitados?

Son aquellos lugares que no han sido objeto de habilitación, para realizar espectáculos; pero que, bajo las disposiciones de Ley, así como el cumplimiento de requisitos establecidos por las autoridades competentes, se pueden realizar de forma esporádica, espectáculos públicos los cuales pueden hacer parte o no de las artes escénicas, cuyo objeto es promover la presentación y circulación de dichos espectáculos, cumpliendo con las condiciones de Infraestructura y Seguridad.

 

¿Qué son eventos de alta convocatoria o de afluencia masiva de público?

Corresponde a eventos que significan un riesgo alto para los asistentes, los bienes, la infraestructura o el medio ambiente, que al materializarse genera un profundo impacto a la dinámica normal del evento y/o el escenario y su entorno, por tanto, requieren condiciones especiales para su desarrollo e implican la adopción de medidas municipales extraordinarias de preparación y respuesta.

 

¿Qué son eventos de baja convocatoria?

Corresponde a eventos de riesgo bajo o moderado de afectación a los asistentes, los bienes, la infraestructura o el medio ambiente, con baja probabilidad de ocurrencia e impacto a la dinámica normal del evento y/o escenario y su entorno, sin requerir condiciones especiales para su realización.

 

¿Cuál es la normativa que regula la solicitud de trámites para la realización de un espectáculo público en Pereira?

La Ley 1493 de 2011 y  Decreto Municipal 088 de 1993

 

¿Qué es la UVT?

La unidad de valor tributario – UVT– es una medida cuyo fin es unificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La UVT es utilizada como referencia para ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a impuestos y obligaciones administradas por la Dian, como, por ejemplo:
 

  • Cuantías mínimas de retención en la fuente.
  • Sanciones.
  • Límites de ingresos para no ser responsables del IVA, entre otros.

 

Esta unidad de valor tributario, creada con la Ley 1111 de 2006, es reajustada anualmente de acuerdo con la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificado por el DANE, en el período comprendido entre el 1 de octubre del año gravable anterior y la misma fecha del actual año gravable.

 

¿Qué es el Derecho de Autor?

Es la rama de la propiedad intelectual que reconoce, en cabeza de los autores, ciertas prerrogativas morales y patrimoniales sobre sus obras artísticas y literarias que sean originales, y susceptibles de ser divulgadas o reproducidas por cualquier medio. Los derechos conexos, por otro lado, son aquellos derechos reconocidos a los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, sobre sus interpretaciones, fonogramas o emisiones de radiodifusión.

 

¿Puedo realizar el pago de Derechos de Autor con un Gestor Individual o con un Gestor Colectivo?

Si, el Pago sobre Derechos de Autor puede realizarse con un Gestor Individual o con un Gestor Colectivo, a elección del empresario, organizador o representante legal.

 

¿Qué documentos debo anexar además del comprobante de pago de Derechos de Autor?

Si el pago de Derechos de Autor se realizó ante un Gestor Colectivo, sólo es necesario adjuntar el comprobante de pago de Derechos de autor, si por el contrario el pago se realizó ante un gestor individual, además del comprobante de pago se debe anexar la siguiente documentación:

  1. Autorización emitida por el titular de las obras, o en su defecto contrato de mandato debidamente firmado por el Titular de las obras a reproducir.

  2. Listado de las obras a reproducirse

  3. forma de reproducción de las obras. 

 

¿Qué es una póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual?

La Responsabilidad Civil es la obligación que tenemos todas las personas naturales y jurídicas de reparar los daños y perjuicios producidos a otra, a consecuencia de una acción u omisión ya sea propia o causada por terceros por los cuales seamos responsables, esto siempre y cuando haya existido algún grado de culpa o negligencia.

 

Para el caso de la Póliza de RCE la persona transfiere a cargo de la compañía de seguros la obligación de indemnizar los perjuicios patrimoniales que cause con motivo de determinada responsabilidad en que incurra de acuerdo con la ley y tiene como propósito el resarcimiento de la víctima buscando dejarla en iguales o similares condiciones a como se encontraba antes que sucediera el hecho, esta víctima se constituye en el beneficiario de la indemnización.

 

El asegurado es la persona natural o jurídica que ocasiona el daño, se habla de responsabilidad civil extracontractual cuando la víctima no tiene ninguna clase de vínculo con el asegurado.

 

La póliza de RCE cubre los perjuicios patrimoniales y extra-patrimoniales que cause el asegurado al tercero afectado.

 

¿Para qué es la póliza de responsabilidad civil extracontractual?

Tiene como objetivo principal cubrir los daños y perjuicios que el asegurado cause en los bienes (daños materiales) o la salud (daños personales) de un tercero.

Este seguro ampara, legalmente, todos aquellos daños ocasionados a un tercero en el desarrollo de las actividades de la compañía asegurada. Además, brinda protección y respaldo para la confrontación legal y cubre los gastos generados por la reclamación del tercero afectado.

La póliza de RCE cubre los perjuicios patrimoniales y extra-patrimoniales que cause el asegurado al tercero afectado.

 

¿Qué es el PULEP?

El Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas —PULEP—, es una iniciativa del Gobierno Nacional, liderada y coordinada por el Ministerio de Cultura, cuyo propósito fundamental es simplificar, centralizar y facilitar los trámites para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas en Colombia.

Desde la perspectiva de los productores, operadores de boletería y otros actores del sector, se pretende disminuir los costos de transacción y facilitar a los productores y operadores de boletería de espectáculos públicos de las artes escénicas, la realización

de los trámites y procedimientos de este tipo de eventos.

Desde la perspectiva de las entidades públicas competentes, el PULEP busca centralizar y coordinar los trámites a cargo de las autoridades públicas del ámbito nacional y territorial, competentes en la autorización, control y seguimiento a los espectáculos públicos de las artes escénicas.

 

¿Qué es productor ocasional?

Son productores ocasionales quienes eventual o esporádicamente realizan espectáculos públicos de las artes escénicas, deben declarar y pagar la Contribución Parafiscal una vez terminado cada espectáculo público.

 

¿Qué es productor permanente?

Son productores permanentes quienes se dedican de forma habitual a la realización de uno o varios espectáculos públicos de las artes escénicas

 

¿A quién le llegan las notificaciones del trámite?

Todas las notificaciones y la respuesta del Acto administrativo llegarán al correo electrónico de la persona que se registra en la Sede electrónica de la Alcaldía de Pereira, https://www.pereira.gov.co/loader.php?lServicio=Registro&lFuncion=login

 

¿Cuánto tiempo se demora la plataforma para dar respuesta a la solicitud?

Los términos que indica la ley, es decir hasta 15 días hábiles. Trabajaremos al interior de la administración para lograr disminuir los tiempos de respuesta.


¿Se pueden tramitar permisos con menos de 15 días de realizar el evento?

En el término de los primeros seis meses de funcionamiento de la plataforma, estará sin restricción de tiempo para radicar la solicitud del espectáculo público. Una vez cumplido el tiempo, la plataforma no dejará ingresar solicitudes con tiempo inferior a 15 días. 

 

¿Qué tipo de notificaciones genera la plataforma?

La plataforma genera las siguientes notificaciones:
 

  • Mensaje de correo electrónico, cuando se solicita información adicional por parte de las entidades involucradas y que deben ser subsanadas por el ciudadano (productor, organizador o representante legal).
  • Mensaje de correo electrónico Pendiente, para el caso de notificar algún documento no entregado o algún inconveniente presentado durante el proceso.
  • Mensaje de correo electrónico Finalizado, este se genera cuando se ha dado respuesta Favorable o Desfavorable a través de Acto Administrativo y que podrá ser visualizado en la plataforma en el entorno o vista que tiene el ciudadano.

 

¿Cuánto es el tiempo estimado que permite la plataforma la navegabilidad y usabilidad sin que saque un error o cierre sesión? 

La plataforma permite navegar sin que se afecte el ingreso de la información por un tiempo prolongado de 5 minutos de inactividad. 

 

¿Cómo se garantiza que el tiempo de respuesta por parte de la entidad se dé en el término de los días establecidos?

Una de las funcionalidades de la plataforma es indicar a través de colores como se encuentra el estado de la solicitud a través de los tiempos de respuesta que van cambiando según el tiempo transcurrido.

 

¿Cuánto tiempo toma realizar el trámite?

La primera vez puede tomarte hasta 20 minutos, sin embargo, el proceso luego se hace de forma mecánica en un tiempo dentro de 10 minutos.

 

¿Puedo registrar un evento con 6 meses de anticipación?

Si, el solicitante podrá radicar el evento con antelación.

 

¿Los trámites podrán seguir haciéndose de forma física como ha sido tradicionalmente o solo se puede hacer a través de esta plataforma?

Si, las solicitudes y su correspondiente trámite solo se realizarán mediante la plataforma, sin embargo, en el momento en el que la misma presente inconvenientes técnicos y no pueda accederse a ella, el empresario u organizador del evento podrá presentar el correspondiente soporte de fallo y así presentar la documentación de manera física.

 

¿Hay que registrar todos los eventos, por pequeños que sean?

Efectivamente, por la plataforma pasarán todos los eventos de la ciudad.

 

¿Qué medios o puntos de atención se puede contactar para inquietudes o preguntas en casos específicos?

A través del correo electrónico controlyvigilancia@pereira.gov.co.

 

¿La documentación se anexa en un solo archivo o separado por dependencias?

La documentación se adjunta por separado en la sección de Documentos por secretaría o dependencia.

 

¿Cuál es el tamaño máximo permitido para un archivo adjunto?

La capacidad máxima para cargar los archivos son 200 megas.

 

¿Qué tipo de formatos se pueden adjuntar?

 Se pueden adjuntar archivos en formato: Pdf, Excel Word, Jpeg, Png y Dwg.

 

¿Los formatos descargables deben contener firmas digitales o se deben imprimir, firmar y luego escanear?

Como el usuario se sienta cómodo; firma digital o escaneando el documento diligenciado.

 

¿La plataforma maneja un solo usuario por persona o es un usuario por evento?

El usuario está asociado a la persona, no al evento. Es decir, una misma persona puede registrar tantos eventos como requiera y para eso solo usará un usuario.

 

¿La plataforma generará un aviso cuando presente fallas o caídas del sistema?

Si, generará un aviso indicando la falla o inconveniente presentado.

 

¿Qué pasa cuando un anexo no se deja cargar en el formulario?

Puedes revisar la conexión a internet y el tamaño del archivo que no sobrepase la capacidad de 200 megas.

 

¿Quién me puede brindar soporte en caso de falla en el sistema o inconvenientes con la plataforma?

Puede enviar un correo electrónico a tramitesyservicios@pereira.gov.co indicando el inconveniente.

 

 

 

 

 

 


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Fecha de publicación 08/02/2023
Última modificación 08/02/2023