“Mauricio Alcalde Resuelve”, programa de acompañamiento a los pereiranos en gestiones de barreras y negaciones en salud
Rodeado de su equipo de la Secretaría de Salud, de los representantes de las EPS e IPS de la ciudad y la Personería de Pereira, el Alcalde de los pereiranos, Mauricio Salazar Peláez, dio inicio a su estrategia “Mauricio Alcalde Resuelve”, un espacio quincenal en el que se dará trámite a las barreras y negaciones en salud que presenten los pereiranos.
“La salud es un derecho fundamental, y uno de los problemas que tenemos hoy es tantas autorizaciones pendientes y que las EPS no resuelven. Este espacio es para esto, para que en directo los ciudadanos se comuniquen y que nosotros podamos con las EPS que tendremos aquí representantes de manera permanente podamos resolver. Equí pueden participar todos los pereiranos que tengan pendientes y no resueltas con las EPS, como citas o exámenes especializados, todos ellos que no han logrado por ningún mecanismo que les resuelvan, aquí esteremos de manera institucional cada 15 días. El próximo programa será el 23 de febrero desde las 7 de la mañana a través de las redes sociales de la Alcaldía y de la emisora Pereira al Aire”, explicó el alcalde Mauricio Salazar.
En este sentido explicó que, todas las solicitudes que se hicieron por medio de las redes sociales y en llamada fueron resueltas por parte de las EPS presentes. Las que no se lograron responder durante el programa, se toma nota y se le entregan a las EPS e IPS para que queden resueltas lo antes posible.
El mandatario se mostró muy agradecido con los representantes de las EPS e IPS por atender este llamado, que es vital para poder etender las situaciones de salud de los ciudadanos, a la vez que le solicitó a los usuarios que se debe en primera instancia acudir de manera directa a las EPS y radicar sus solicitudes, y si tienen algun tipo de barrera porque no encuentran de manera efectiva la solución a su trámite, con la figura del Defensor de la Salud y en el programa “Mauricio Alcalde Resuelve”, tendrán estos canales para apoyarlos.
Por su parte, Liliana Torres Bedoya, subgerente científica de la ESE Salud Pereira destacó que, “me parece muy importante poder tener este contacto con los usuarios, revisar qué dificultades tienen ellos en el acceso a las citas médicas de las EPS, que de pronto nosotros a través de nuestros canales no percibimos”.
Además, realizó un llamado a los usuarios de todas las EPS a que acudan a las citas médicas que se les programan, “son muchos los usuarios que no asisten a las citas programadas, no las cancelan y se pierde la oportunidad de otro usuario que realmente la necesita. Un llamado entonces para la comunidad para que por favor cancelen las citas, porque en los últimos meses la inasistencia ha sido muuy alta y no podemos perder estos recursos cuando tenemos tantos pereiranos requiriendo citas.
Finalmente, en la Secretaría de Salud se cuenta con el Defensor de la Salud que recibe las solicitudes de los ciudadanos a través de la ruta que se expone a continuación:
1. Tener una situación de barrera o negación de servicios de salud (no aplica para dispensación de medicamentos), que supere 1 mes de espera.
2. Ser residente y estar afiliado al sistema de salud en el municipio de Pereira.
3. Tener toda la documentación de la negación o barrera (historia clínica, documento de identidad del afectado, órdenes médicas y/o autorizaciones)
4. Si cumple los dos primeros pasos, puede remitirse a la Secretaría de Salud Pública y Seguridad Social de Pereira, ubicada en la CALLE 19 #5-33 en horario de 7:00 am a 12:00 pm y 1:00 pm a 5:00 pm y los días viernes en jornada continua de 7:00 am a 3:00 pm.
5. Si por alguna condición usted no puede desplazarse hasta nuestras instalaciones, puede escribir detalladamente su solicitud y adjuntar los documentos correspondientes en formato PDF al correo defensorsalud@pereira.gov.co
6. Nuestra línea telefónica 3228615709, también está disponible para recibir asesoría y orientación sobre el trámite de acompañamiento.
7. Tenga en cuenta que el tiempo de respuesta, así como la solución efectiva dependerá única y exclusivamente de su entidad administradora de plan de beneficios (EAPB) o su Institución prestadora de servicios (IPS), quienes deberán acogerse a los tiempos de respuesta establecidos en la normatividad vigente.
NOTA: SI SU PROCESO YA ESTÁ SIENDO ABORDADO POR MEDIO DE ACCIÓN JUDICIAL TUTELA, DEBE REGRESAR AL JUZGADO QUE EMITIÓ EL FALLO.
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Fecha de publicación 09/02/2024
Última modificación 09/02/2024